El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia. Su principal función es proteger los ahorros de los colombianos depositados en bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento y sociedades especializadas en depósitos electrónicos.
Fogafín tiene un sistema de seguro de depósitos. Este es un mecanismo que, antes de la liquidación de cualquier institución financiera colombiana, debidamente inscrita en Fogafín, garantiza a los depositantes la recuperación total o parcial de su dinero.
Actualmente, la cobertura máxima del seguro es de $50.000.000 por depositante y aplica de forma independiente por cada entidad. Es decir, si una persona tiene una suma menor o igual a $50.000.000, depositada en un producto amparado, el seguro le cubre la totalidad del saldo. En caso de que la persona tenga dos productos amparados en una misma institución financiera adscrita, se suman los saldos y se devuelve hasta los $50.000.000. Pero, si la persona tiene varios productos amparados en distintas instituciones financieras inscritas, el seguro le cubre hasta $50.000.000 por entidad. En caso de que el saldo supere los $50.000.000, el valor restante debe ser reclamado dentro del proceso de liquidación.
Para ser beneficiario del seguro de depósitos, las personas naturales o jurídicas, no deben pagar ninguna suma de dinero. El seguro se financia con las primas que pagan las entidades inscritas en Fogafín. De esta manera, los individuos y las empresas pueden beneficiarse de la protección de los ahorros que brinda el seguro, por el simple hecho de adquirir un producto amparado en una institución financiera adscrita a Fogafín.
Productos financieros protegidos por Fogafín
Entre los productos financieros cubiertos por el seguro de depósitos de Fogafín están: depósitos en cuenta corriente, depósitos electrónicos, depósitos de ahorro, depósitos especiales, depósitos simples, servicios bancarios de recaudo, cuentas de ahorro especial y cesantías administradas por el Fondo Nacional del Ahorro. El seguro no cubre productos fiduciarios, pólizas y cualquier otro producto adquirido en una entidad no inscrita.
Instrumentos financieros de inversión protegidos por Fogafín
El seguro de depósitos de Fogafín cubre los bonos hipotecarios y los Certificados de Depósito a Término Fijo (CDT) de entidades inscritas.
- Bono hipotecario. Un bono hipotecario es un título de deuda respaldado por préstamos hipotecarios de la entidad que los emite, el cual abona a los compradores los intereses sobre las cuotas ingresadas por los prestatarios.
- CDT. El CDT es un título valor emitido por las entidades financieras, a través del cual los inversionistas hacen un depósito de dinero a un plazo determinado. A cambio, reciben una rentabilidad pactada al momento de constituirse. Una vez finaliza el plazo pactado, los inversionistas obtienen la devolución del capital más unos intereses.
Instrumentos financieros de inversión que no están protegidos por Fogafín
El seguro de depósitos de Fogafín no cubre instrumentos financieros de inversión de entidades adscritas, como los bonos obligatoriamente convertibles en acciones y los bonos opcionalmente convertibles en acciones.
Un bono convertible en acción es un título de deuda emitido por una empresa, el cual ofrece a sus tenedores la posibilidad de cambiarlo por acciones en una fecha determinada. Al convertir el bono, el propietario pasará a tener la condición de accionista de la compañía, adquiriendo los diferentes derechos y obligaciones. Por ejemplo, puede obtener posibles rendimientos a través de la valorización del título de renta variable de la empresa o por medio de la generación de dividendos.
Invertir en instrumentos financieros amparados por el seguro de depósitos de Fogafín y emitidos por instituciones inscritas en la entidad brinda distintos beneficios: además de los posibles rendimientos que pueda obtener del vehículo de inversión, las personas naturales y jurídicas van a contar con un seguro que les devolverá total o parcialmente el dinero depositado ante la liquidación del emisor.
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